¿Revivirá el acuerdo boliviano-alemán sobre el litio?

¿Revivirá el acuerdo boliviano-alemán sobre el litio?

Muruchi Poma/09-02-2020

Un carrusel de gerentes ejecutivos, cual trapos de limpieza, se vive en la gerencia ejecutiva de YLB. Desde la renuncia forzada del gobierno de Morales se tuvo 4 gerentes en apenas 3 meses. ¿Cuál será el rol de los alemanes en esto? El contrato boliviano-germano firmado entre la empresa estatal boliviana (YLB) y la alemana (ACISA) en fecha 10-12-2018 y revocado el 2 de noviembre de 2019.

Parte I, aquí la Parte II

La seriedad de un Estado de derecho

La empresa alemana, ACI Systems Alemana (ACISA), como socia estratégica de Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB) fue seleccionada en abril del 2018 entre 8 consorcios finalistas: 5 chinas, 1 rusa, 1 canadiense y 1 alemana. Y en fecha 6 de octubre de 2018 se firmó la Minuta Preliminar de Constitución de la Sociedad Mixta en la Casa Grande del Pueblo en la ciudad de La Paz. A tal evento participó, entre otros, el Ministro de Economía del Estado de Turingia, Alemania. Eso fue algo curioso, pues la empresa ACISA es de otro Estado alemán (de Baden Wüttenberg). Para los que seguimos de cerca el tema del litio, no nos pareció curioso, pues en Turingia está radicada la otra empresa alemana, K-UTEC, que elaboró el plan de construcción de la planta de producción de Carbonato de Litio. Finalmente el 10 de diciembre del mismo año fue promulgado el Decreto Supremo (DS) No. 3738 de creación de la Empresa Pública YLB ACISA-E.M. El convenio fue firmado en la ciudad de Berlín de Alemania. Como vemos, ACISA logró ser socia de YLB en un marco legal ofrecida por el entonces gobierno constitucional. Bolivia fue un Estado de derecho o por lo menos estaba en ese proceso. Los políticos bolivianos tienen que entender que la opinión pública mundial les respeta en la medida en que los bolivianos y bolivianas respeten su constitución y sus leyes.

Anulación del contrato

En medio de la crisis política candente que termina con la renuncia del por entonces Presidente Morales, el 2 de noviembre el gobierno de Morales acepta con la emisión del Decreto Supremo (DS) 4070 una de las exigencias del Comité Cívico Potosinista (COMCIPO), una organización civil de la ciudad de Potosí, la abrogación del DS 3738 que estipulaba las bases de la conformación de la Empresa Mixta YLB-ACISA para la explotación y comercialización del litio boliviano. Recordemos que COMCIPO a la cabeza de Marco Antonio Pumari, por entonces presidente de esa institución, empezó con más fuerza en sus exigencias sobre el litio a partir del 7 de octubre del 2019. El DS 3738 lo consideraron ilegal y entreguista, por lo que exigían su abrogación. En cuanto a la actitud del gobierno de Morales lo positivo del caso es que actuaron en dirección a corregirlo. Era el momento para corregir el contrato y llevarlo adelante beneficiando a todos. Es algo que los golpistas declarados no lo entendieron o no quisieron entenderlo porque querían el poder a toda costa, incluso por encima de los intereses de Potosí y Bolivia. Los potosinos no quisieron por entonces ahora tienen que esperar meses y tal vez años. No avanzaron ni un milímetro.

El desgaste de los gerentes de YLB

Juan Carlos Montenegro Bravo (en función estuvo 2 años y 3 meses), es el primer gerente ejecutivo de YLB. El Ingeniero Juan Carlos Montenegro, asumió sus funciones de Gerente Ejecutivo de Yacimientos de Litio Bolivianos, por Resolución Suprema N° 21583 de 5 de julio de 2017, es la información que aún está en la web de YLB. Es el gerente que estuvo más tiempo en ese cargo y durante una época de estabilidad económica y social. Estamos informados que Montenegro hizo cursos en Alemania y Austria, es conocedor de Metalurgia Física, Ciencia y Tecnología de Materiales y en Minerales no Metálicos y Recursos Evaporíticos. Después de la renuncia forzada de Morales, Montenegro logró quedarse unas cuantas semanas en su cargo, cualquier gobierno sensato y defensor de los intereses de Bolivia lo hubiera mantenido en su cargo. Pero ahora Bolivia se parece al cadáver con buitres dispuestos a devorarlo.

Roberto Saavedra (en función menos de 1 mes). Con la renuncia obligada del gobierno de Evo Morales el 10 de noviembre de 2019 quedó sepultada toda esperanza de revivir a corto plazo el proyecto de la empresa mixta YLB-ACISA. Los políticos bolivianos vencedores, después del golpe de estado, estuvieron ocupados en la repartición del poder, por no decir de la repartición del botín. A mediados de diciembre de 2019 nos enteramos que el Ing. Juan Carlos Montenegro fue destituido del cargo de Gerente Ejecutivo de YLB. En su lugar fue nombrado Roberto Saavedra, un desconocido en los círculos de discusión pública sobre el litio. Los medios de información, controlados por la nueva dictadura, no difundieron nada sobre el nuevo gerente. Por el cruce de informaciones logramos saber que el nuevo gerente de YLB no era el candidato del COMCIPO sino de la zona de Uyuni y de políticos influyentes en el gobierno de facto. Esto explicaba además el por qué el asesor de Pumari el especialista en temas de litio, Juan Carlos Zuleta Calderón, no accediera a ese estratégico puesto de la economía boliviana. A esa pelea interna entre COMCIPO y organizaciones de los sectores rurales como los de Uyuni y el sur del departamento de Potosi, se sumó las disputas internas entre Camacho, Presidente del Comité Cívico Pro Santa Cruz, y Pumari.

Camacho, quien jugó un rol importante en el golpe de estado del noviembre 2019, hace público una grabación, que circula en las redes sociales. Pumari habria pedido no sólo dinero sino también esferas de influencia en el gobierno de facto. La prensa y la opinión pública boliviana se escandalizó por la actitud bochornosa de esos dos cabecillas golpistas. Pasó días y semanas los dos personajes se reconciliaron, hoy se sabe que Pumari irá como candidato a la Vicepresidencia y Camacho a la presidencia, aunque en los días violentos de noviembre habría negado aspirar a ese puesto. Son políticos que faltan a su palabra tal cual la actual presidenta autonomabra de Bolivia, Sra. Àñez. Pero volvamos al tema del litio. Zanjado las diferencias, los políticos aludidos posiblemente retomaron sus acuerdos, pues nos enteramos que Saavedra fue alejado de su función.

Juan Carlos Zuleta Calderón (en función cerca de 20 días). Finalmente el 9 de enero 2020 nos enteramos que el asesor de Pumari, Zuleta Calderón, fuera nombrado un día antes como nuevo Gerente Ejecutivo de YLB. Desde el inicio fue resistido por las organizaciones sociales del Sur del departamento de Potosí. Zuleta estudió en EEUU economía y desde hace más de 20 años se dedica al tema del litio, fue asesor del Comite Nacional chileno y es uno de los especialistas nacionales e internacionales sobre el tema del litio. Ahora nos pareció lógico ese nombramiento. No sólo por la influencia de Camacho en el gobierno de Àñez sino también porque Zuleta es evidentemente un especialista en temas del litio y porque fue uno de los analistas más críticos al contrato entre YLB y ACISA. Sus declaraciones posteriores no pueden ser más que la consecuencia de sus análisis críticos. Uno de sus argumentos fue que el contrato es ilegal. Justo esos días circuló en las redes sociales un documento de COMCIPO, donde se solicita el nombramiento de Zuleta como Gerente Ejecutivo de YLB. Además de eso, el documento deja establecido puntos que explican las actuaciones posteriores del nuevo gerente. Allí podemos leer: “...es necesario dejar claramente establecido que ya no existe ningún espacio para renegociar los términos del acuerdo con ACI Systems, razón por la cual YLB debería definir a la brevedad posible una estrategia para finiquitar la relación contractual con ACI Systems desde una perspectiva legal de una manera amigable.” (En la Parte II de éste artículo nos ocuparemos sobre algunos puntos del DS 3738 y la YLB-ACISA).

Gunnar Valda Vargas (aún en función, 11 días). El ministerio de energías, a la cabeza de Álvaro Rodrigo Guzmán, nombró al economista Gunnar Valda Vargas el 31-01-2020 como nuevo Gerente Ejecutivo interino de YLB. Interino porque aún no se le nombró con el DS respectivo. Desconocemos si hasta la fecha de la publicación de este artículo ya saliera el DS de nombramiento. Lo único que se sabe de Valda es que es economista y de Potosí. En círculos de comentaristas y/o expertos sobre el litio Valda Vargas es un desconocido. Indican que Valda no es ningún experto en el tema del litio. Pero pueda que Valda tenga la misión de revivir el contrato YLB-ACISA. Si así fuera, se le ruega leer todos los artículos críticos al convenio aquel. En la página de pie de éste artículo tenemos algunos puntos del DS 3738 remarcando palabras y textos que merecen ser superados o mejorados.

¿Por qué lo alejan a Zuleta?

Lo interesante de la destitución de Zuleta, que estuvo apenas 20 días a la cabeza de YLB, es el trasfondo de acontecimientos políticos después de sus declaraciones en torno al contrato de YLB-ACISA.

Juan Carlos Zuleta Calderón, ya como gerente de YLB, afirmó que el Estado producirá los „derivados del litio“, según las leyes bolivianas. Por lo que empresas mixtas como la YLB-ACISA no vendrían al caso. En una entrevista que dio 17 de enero de 2020 refiriéndose al contrato entre la empresa estatal boliviana Yacimientos de Litio Bolivianos y ACI Systems Alemania dijo textualmente:

„Nosotros lo único que queremos hacer es cumplir la ley, la ley 535 (Ley Minera), ya establecía la obligatoriedad de producir todos los compuestos derivados del litio a través del Estado por cuenta propia y dejar solamente la última fase de la estrategia de industrialización a la posibilidad de establecer una alianza o una empresa mixta con una empresa extranjera.“ (En la Parte II de éste artículo compararemos la ley indicada con la Ley 928)

“El problema de ACI Systems es que no contaba con la tecnología porque no era una empresa especializada. Ellos si estaban armando una gestión de negocio, en la cual ellos hablaban de que iban a recurrir a un instituto alemán muy importante y y a otros expertos además, pero la pregunta que nosotros nos hicimos es por qué no recurrir, digamos en el mejor de los casos, a las empresas especializadas. Esa fue la principal crítica.” (En la Parte II veremos por qué ACISA de todas maneras fue una buena opción)

A los pocos días de esa fulminante declaración contra ACISA, es decir el 22-01-20 el viceministro de altas tecnologías Luis Ferrufino declaró que el gobierno de Áñez estaba en vías de anular el acuerdo con ACISA y definir una nueva política del litio. Increíble, un gobierno de transición, que no tiene ningún respaldo constitucional y no representa la voluntad de voto de los bolivianos(as) está en vías a definir políticas de uno de los recursos estratégicos de Bolivia. Eso no tiene nada que ver con democracia. Eso es simple y llanamente acciones de dictadura.

Al día siguiente (23-01-2020) de lo que dijera Ferrufino, el embajador de Alemania Steffan Duppel respondió con un twett: „ #Alemania reafirma su compromiso con #Bolivia en el proyecto del #litio, y mantiene su palabra. ¿Y Bolivia? Detener el proyecto representaría un duro revés para nuestras relaciones económicas bilaterales y para la credibilidad internacional de Bolivia como un lugar de inversión.„ Así escribió el representante diplomático que fue uno de los primeros países en reconocer al gobierno de facto. Alemania dio su respaldo cuando ese gobierno de Áñez lo necesitaba y ahora es enfático al afirmar que detener el proyecto significa un duro revés a las relaciones económicas con ese país. Para el buen entendedor de las diplomacia internacional eso fue un campanaso de advertencia.

Más después se supo que el embajador habría enviado una carta al gobierno de Áñez con el siguiente tenor: “El sr. Zuleta se ha mostrado durante años, por razones que nos parecen incomprensibles, como polémico crítico de la cooperación germano-boliviana en el sector del litio, y ha expresado comentarios condescendientes a propósito  de la compañía ACI”

De existir semejante carta, la misma es, independientemente de su contenido, una ofensa a la soberanía de Bolivia. Es como si el embajador de Bolivia en Alemania se metiera a opinar sobre algún gerente de alguna empresa alemana. Pero como Bolivia dejó de ser un Estado de derecho o una nación, las potencias económicas del mundo creen estar en su derecho opinar sobre el por entonces gerente de YLB. El colonialismo continua. Lo dicho no exime a Zuleta de sus imprudencias en cuanto a contratos internacionales, donde la diplomacia es la linea de comportamiento de cada país. Es más, Zuleta no debía actuar a nombre personal sabiendo que fue nombrado por un gobierno de facto, por lo tanto transitorio. Lineas abajo veremos que algunas opiniones de Zuleta no son tan acertadas como él los escribió.

En Bolivia muchos políticos e intelectuales creen que Bolivia puede actuar al margen de los acontecimientos internacionales, sin la opinión, por no decir, sin la presión internacional. O son ingenuos o simplemente desconocen la gravitación de las fuerzas políticas internacionales sobre Bolivia y otros países del mundo. En caso de que el gobierno de facto de Áñes haya actuado por insinuación de la carta, tal cual afirman los de COMCIPO, el gobierno de facto tuvo que arrodillarse frente a una potencia económica mundial, y sin ningún reparo alguno alejó a Juan Carlos Zuleta Calderón de su cargo.

En Bolivia los políticos no se parecen a bolivianos o bolivianas que quieran a su país sino más bien a simples pongos de poderes internacionales. Me pregunto: ¿Por qué no aprendieron a querer ese país? Será porque una mayoría somos indios.

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EL CONTRATO YLB-ACISA

Aquí reproducimos algunos aspectos principales y puntos de conflicto del DS 3738 que fue promulgado el 07-12-2018 y que crea la Empresa Pública YLB-ACISA – E.M. (El subrayado y marcado con amarillo son observaciones del autor del artículo.)

Participación: Según el Articulo 2, III y IV, la participación estatal en YLB-ACISA es del 51% y la del ACI Systems Alemana GmbH es de 49%.

Giro Comercial: Según el Articulo 3, “E.M. tiene como giro comercial principal la industrialización del litio, desarrollando las siguientes actividades:

a)Procesamiento industrial en territorio boliviano de hidróxido de litio, hidróxido de magnesio, otras sales, ácido bórico y litio metálico a partir de la salmuera residual del Salar de Uyuni y/u otras salmueras residuales puestas a disposición por la Empresa Pública Nacional Estratégica de Yacimientos de Litio Bolivianos - YLB, para una producción técnica y comercialmente suficiente para la venta en el mercado internacional;

b) Comercialización nacional e internacional de los productos generados.”

Estatutos: El Artículo 6 aprueba los Estatutos de YLB-ACISA en sus 81 Artículos y su Anexo.

Duración de la empresa: “ARTÍCULO 5.- (PLAZO DE DURACIÓN DE LA EMPRESA)
La Empresa tendrá un plazo de duración de 70 años, computables a partir de la fecha de inscripción en el Registro de Comercio de Bolivia. El plazo de duración de la Empresa podrá ser prorrogado conforme a la normativa en vigencia y el presente Estatuto.”

Directorio de la empresa: “ARTÍCULO 31.- (NOMBRAMIENTO DEL PRESIDENTE Y DIRECTORES).
I. YLB tendrá derecho a designar tres (3) de cinco (5) miembros del Directorio, la designación se sujetará a lo establecido en la normativa aplicable.

Los accionistas minoritarios tendrán derecho a designar dos (2) de los cinco (5) Directores.”

Quórum: ARTÍCULO 41.- (QUÓRUM).
“a) Las reuniones ordinarias y extraordinarias del Directorio serán válidas con la presencia de al menos de cuatro (4) de sus miembros, titulares o suplentes. La presencia del Presidente del Directorio será obligatoria. El Directorio no podrá sesionar válidamente únicamente con la presencia de los Directores designados por YLB, existirá quórum con la presencia de al menos uno de los miembros designados por los accionistas minoritarios.
b) En caso de no conformarse el quórum requerido en la primera media hora establecida para la Reunión, ésta quedará convocada para el mismo día de la siguiente semana, a la misma hora y en el mismo lugar o forma establecida. El Directorio sesionará válidamente con los quórums mínimos arriba establecidos.
c) Podrán participar en las reuniones de Directorio, con derecho a voz y sin voto, el Gerente General y el personal ejecutivo de la Empresa que sea convocado expresamente, cuando se consideren asuntos del área de su competencia, y así lo disponga el Directorio.
d) El Directorio podrá invitar a otras personas vinculadas al sector (según corresponda), para la consideración de asuntos específicos.”

 

Votaciones: “ARTÍCULO 44.- (VOTACIONES).
a) Las resoluciones y decisiones del Directorio se adoptarán con el voto afirmativo de cuatro (4) de cinco (5) de los miembros del Directorio. Cada Director, incluido el Presidente, tiene derecho a 1 (un) sólo voto.
b) Los Directores no pueden abstenerse de votar. En caso de disentir deben fundamentar su posición, la que constará en acta.”

Gerencia Ejecutiva: ARTÍCULO 49.- (GERENCIA EJECUTIVA: GERENTE EJECUTIVO DE LA EMPRESA (CEO), GERENTE FINANCIERO (CFO) Y GERENTE DE OPERACIONES (COO) DE LA EMPRESA).

“II. La o el Gerente Ejecutivo será designado por el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, de la terna propuesta por el Directorio de la Empresa.

La Gerente o el Gerente Ejecutivo es la máxima autoridad ejecutiva de la Empresa, desempeña sus funciones en forma exclusiva y a tiempo completo.

III. Los demás miembros de la Gerencia Ejecutiva (Gerente Financiero (CFO) y Gerente de Operaciones (COO)) serán propuestos por los accionistas minoritarios que en conjunto representen al menos el 20% del capital social y formalmente designados por el Directorio.”

Mercado: “ARTÍCULO 70.- (MERCADO Y PROTECCIÓN AL CLIENTE)
Los accionistas convienen en proteger los mercados de Europa (excluyendo la Federación Rusa), para lo cual queda expresamente acordado que:

a) La Empresa tiene derechos exclusivos de venta y comercialización dentro de Europa (excluyendo la Federación Rusa), por lo que, cualquier otra empresa estatal mixta o empresa mixta en asociación con YLB deberá respetar dichos mercados, absteniéndose de realizar actividades comerciales en cuanto a los productos ofertados por la Empresa en dichos mercados.

b) YLB en el marco de sus atribuciones, se encuentra facultada para comercializar libremente los productos de su cadena de producción en cualquier país, con excepción de los mercados que atenderá a través de la Empresa.”

Solución de controversias: ARTÍCULO 76.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS).
Toda controversia que surja entre los accionistas o entre la Empresa y cualquier accionista en relación al presente Estatuto o la Empresa y que no pueda ser resuelta de forma amigable mediante conciliación directa por el plazo de treinta (30) días a partir de la recepción por una de las partes de la notificación de controversia entregada por la otra, será resuelta de forma definitiva mediante arbitraje, en español, con sede en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, sin perjuicio que puedan celebrarse audiencias y otros actos procesales en terceros países. El arbitraje será administrado bajo las Reglas de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI).

Propiedad del Know How: “ARTÍCULO 78.- (PROPIEDAD Y USO DE TECNOLOGÍA).
ACISA se compromete a otorgar acceso y derechos de uso sobre su tecnología, conocimientos especializados y know-how a favor de la Empresa para el desarrollo de sus actividades y cumplimiento de su objeto social. Los derechos reconocidos en este artículo no confieren obligación alguna de transferencia de titularidad, cesión o asignación de derechos de propiedad intelectual (marcas, patentes, modelos de utilidad, diseños industriales y otros), los cuales son y permanecerán en todo momento bajo la titularidad y propiedad de ACISA.

ANEXO; PARTE I:

Garantías: “.YLB garantiza el suministro de al menos 1,8 millones de toneladas por año (t/a) de salmuera residual que garantice el procesamiento permanente para cumplir el objeto social de la Empresa. Todo eventual incremento en la producción de la salmuera residual proveniente de las piscinas (20 líneas) existentes de evaporación será de aprovechamiento exclusivo de la Empresa.

Queda expresamente convenido que en caso que la cantidad mínima garantizada de salmuera residual no sea entregada a la Empresa por cualquier motivo o circunstancia durante su periodo de vigencia, YLB dará cumplimiento a sus obligaciones de la siguiente manera: (a) Completando la cantidad no entregada de salmuera residual a la Empresa por medio de la utilización de sus reservas almacenadas, las cuales al año 2022 no serán inferiores a 1,8 millones de toneladas y/o (b) Mediante carbonato de litio que será suministrado a precio de mercado a la Empresa de su producción, la cual al año 2022 no será inferior a 15.000 toneladas por año.
YLB mantendrá en todo momento las reservas suficientes de (a) salmuera residual y producción de (b) carbonato de litio que le permitan dar cumplimiento a las obligaciones convenidas en el parágrafo anterior. YLB y la Empresa instrumentarán la estructura detallada en la presente sección, a través de los contratos independientes que correspondan.”

Regalias: “Garantías en relación a impuestos y cargas
⦁ De acuerdo al Parágrafo III, del Artículo 224 de la Ley No. 535, la regalía minera no alcanza a las actividades de la Empresa por tratarse de productos industrializados.

Cantidad de producción: “Garantías de procesamiento
⦁ La tasa de recuperación del litio a partir de la salmuera residual debería ser del 80% si la calidad / composición de la salmuera residual está acorde a la especificación de la salmuera residual tal como está descrita en la Parte I de este ANEXO, siempre y cuando se cumplan con todas las especificaciones técnicas del proyecto. En caso de incumplimiento de la tasa de recuperación, ACISA efectuará una compensación económica de manera proporcional.

⦁ ACISA garantiza la producción de un mínimo de 30.000 t/a de LiOH de grado batería, a partir de 1.800.000 t/a de salmuera residual si se cumplen las especificaciones técnicas requeridas.”

Materiales Catódicos y Baterías: “Garantías de Venta y Distribución
⦁ ACISA e YLB garantizan que de la disponibilidad de LiOH de 30.000 t/a, aproximadamente 5.200 t/a de LiOH sea ofrecido bajo condiciones de mercado a la empresa mixta de materiales catódicos en Bolivia.

⦁ ACISA e YLB garantizan que se realizarán los estudios que determinen la viabilidad de industrializar el Hidróxido de Magnesio.⦁ Una vez constituida oficial y legalmente la empresa, ACISA garantiza el inicio de las actividades preliminares para la conformación de la empresa mixta para Materiales Catódicos y Baterías.